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Biblioteca Virtual
AMANECE está recopilando y
digitalizando toda la
documentación que se ofrece
en los seminarios con la
intención de desarrollar una
Biblioteca Virtual que sirva
de herramienta de estudio a
todos los profesionales. En
estos momentos hemos
organizado la información
por material, más adelente
evaluaremos otras
herramientas para facilitar
la búsqueda.
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Reglamentos del Negociado de Métodos
Alternos
El Negociado de Métodos Alternos para la
Solución de Conflictos fue instituido con la
encomienda de implantar la política pública
adoptada por la Rama Judicial con relación a
los métodos alternos para la solución de
conflictos. Las funciones asignadas al
Negociado podrían agruparse de la forma
siguiente: |
a) Supervisión de los servicios de métodos
alternos sancionados por la Rama Judicial ,
b) Investigación y evaluación sobre los
servicios de métodos alternos y su efectos
en el sistema judicial, c) Normativa , en
cuanto a la aprobación de normas y
procedimientos, d) Educativa, en cuanto a
comunicar y promover los conceptos
relacionados con los métodos alternos y, e)
Calificación de profesionales mediante la
certificación de personas y organizaciones
privadas para la prestación de servicios
relacionados con los métodos alternos.
Facilitamos los Reglamentos del Negociado de
Métodos Alternos para la Solución de
Conflictos de la Rama Judicial de Puerto
Rico.
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Mediación
La mediación es una forma de resolver
conflictos entre dos o más personas, con la
ayuda de una tercera persona imparcial, el
mediador. Los mediadores pueden ser alumnos,
profesores, padres. No son jueces ni
árbitros, no imponen soluciones ni opinan
sobre quién tiene la verdad, lo que buscan
es satisfacer las necesidades de las partes
en disputa, regulando el proceso de
comunicación y conduciéndolo por medio de
unos sencillos pasos en los que, si las
partes colaboran, es posible llegar a una
solución en la que todos ganen o, al menos,
queden satisfechos. |
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Arbitraje
El Arbitraje es
un "proceso adjudicativo informal en el
que un(a) interventor(a) neutral (árbitro o
árbitra) recibe la prueba de las partes en
conflictos y, a base de las prueba
presentada, emite una decisión o laudo. En
el Arbitraje, las partes tienen la potestad
de decidir si se someten o no al
procedimiento. El laudo puede ser de dos
tipo (1) vinculante, en el cual el laudo,
por acuerdo de las partes, se convierte en
obligatorio para estas, y (2) no vinculante,
en el cual cualquier parte que este
inconforme con el laudo podra solicitar la
celebración de un juicio ordinario." (Reglamento
de Métodos Alternos para la Solución de
Conflictos, Tribunal Supremo de Puerto Rico) |
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